ARGENTINA/SANTA FE | Recomendaciones de la Defensoría del Pueblo para realizar compras por internet

Por su comodidad, agilidad y rapidez las compras realizadas a través de internet son una opción cada vez más utilizada cuando se busca adquirir bienes y servicios. Es por ello que la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe desea brindar recomendaciones a fin de que los derechos de los consumidores no sean vulnerados al utilizar esta modalidad.

La falta o demora en la entrega del producto comprado, la diferente calidad de lo ofertado y lo recibido, la falta de información adecuada, son las quejas más frecuentes recibidas en la institución referidas al e-commerce o comercio electrónico a través de internet.

Los consumidores pueden acceder en cualquier momento del día a numerosas ofertas de las más variadas, que van desde artículos de perfumería, artículos para el hogar; supermercado; indumentaria, calzado, pasajes aéreos/terrestres, cupones de descuentos; entradas para un espectáculos; autos, etc. y efectuar rápidamente un comparativo desde la comodidad de su hogar.

Más allá de estas ventajas es conveniente tener en cuenta a la hora de elegir y valorar el producto a adquirir cuánto se ha de pagar por gastos de envío, impuestos de importación e IVA, dado que los precios que aparecen publicados generalmente no los incluyen. Antes de confirmar una operación es conveniente conocer ciertos datos del vendedor, a saber: identidad, denominación legal, domicilio y teléfonos de la empresa u otro medio donde el consumidor pueda contactar a la empresa.

Además, los expertos en materia de seguridad informática recomiendan verificar la página de internet. Deberá tener presente que la URL o barra de dirección comience por https:// en lugar de http:// y buscar un candado o llave junto a la barra de dirección o en algún otro extremo de la pantalla. A veces también muestran las palabras “Secure Socket Layer” (SSL). Todos estos símbolos implican que sólo el comprador y el vendedor pueden ver la información de pago.

La ley de Defensa del Consumidor, N° 24.240 y normas complementarias ha previsto en forma específica el derecho de arrepentirnos de la compra efectuada, solicitando la devolución de lo pagado, y que pasen a retirar el producto comprado a su costo. Para ello se cuenta con un plazo de 10 días contados desde la recepción del producto en su domicilio (no incluye a los productos perecederos). Si el empresario no cumple con la entrega del producto, antes de cancelar el contrato el consumidor debe intimarlo dando un nuevo plazo adicional razonable. En el caso de que transcurra ese período y siga sin entregarse el artículo, el comprador tiene derecho a anular el contrato.

Cuando el producto solicitado no esté disponible el vendedor tiene la obligación de avisarle a fin de que el consumidor pueda pedir la devolución del importe pagado, que deberá efectuarse sin demora ninguna. Si esto no se cumple, el adquirente puede reclamar. Es necesario recordar que la garantía legal y la obligación de tener los servicios y productos comprados por este tipo de venta es la misma que en cualquier compra.


Fuente: Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe, Argentina

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