El Departamento de Derechos Sociales de la Generalitat se compromete a realizar sesiones informativas en todas las áreas básicas de servicios sociales (ABSS) sobre aspectos relevantes de la RGC.
De forma específica, y atendiendo a la petición de la síndica Giménez-Salinas, en estas sesiones se insistirá a los profesionales de los servicios sociales en que, si un núcleo familiar en riesgo de exclusión social inminente no cumple todos los requisitos previstos por el artículo 11 del Reglamento de la renta garantizada, hay que estudiar si concurren las circunstancias extraordinarias previstas en los artículos 13 y 14 del mismo reglamento y, si cabe, es necesario emitir un informe técnico preceptivo y favorable para solicitar las excepciones previstas en esos artículos para la concesión de la RGC.
La síndica Giménez-Salinas “valora positivamente el compromiso adquirido por el Departamento de Derechos Sociales y recuerda a la Administración la necesidad de utilizar siempre cualquier supuesto de la normativa vigente para dar cumplimiento efectivo al derecho de la ciudadanía a librarse de las situaciones de exclusión social y a disfrutar de una vida digna”.
En opinión de la síndica, “este compromiso es relevante porque puede ayudar a reducir la diferencia que existe entre los hogares que viven en riesgo de sufrir pobreza severa y los que son receptores de la RGC”.
De acuerdo con los datos de Idescat de 2022, en Cataluña el 8 % de la población (632.000 personas) se encuentra en riesgo de pobreza severa. Sin embargo, solo el 1,5 % del total de la población (117.506 personas) fue receptora de la RGC (como titular o beneficiaria), de acuerdo con los datos del Departamento de Derechos Sociales.
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Fuente: El Síndic de Greuges de Catalunya, España