El 4 de agosto, la Defensoría del Pueblo de la Nación –a través de la Oficina de Pueblos Indígenas- llevó a cabo una nueva reunión de la Mesa de Trabajo que celebran periódicamente con integrantes de organizaciones indígenas. En esta oportunidad se hicieron presentes miembros de la Organización QoPiWiNi (Qom, Pilagá, Wichí y Nivaclé), que se encuentran acampando en la intersección de Av. 9 de Julio y Av. de Mayo de la Ciudad de Buenos Aires, desde hace varios meses.
QopiCabe recordar que esta Defensoría frecuentemente recibe a distintos referentes y miembros de comunidades indígenas de los pueblos wichí, nivaclé, pilagá y qom, que se acercan a la Institución a los fines de plantear sus reclamos relativos a la afectación de sus derechos, tanto individuales como colectivos. Asimismo, agentes de esta Defensoría, se acercan al acampe que dichos pueblos están realizando a efectos de orientar sus demandas y proporcionar información jurídica y técnica pertinente para avanzar hacia el ejercicio de sus derechos.
Fue en este estado de situación que la Defensoría del Pueblo de la Nación convocó a un espacio de trabajo para promover el ejercicio del derecho de los pueblos indígenas a la participación, la consulta y el consentimiento previo libre e informado en las decisiones sobre cuestiones que pudieren afectar sus derechos e intereses.
Ello, en virtud de la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas, expresamente reconocida por el art. 75 inc. 17 de nuestra Constitucional, de la cual fluye su derecho a ser consultados frente a la adopción de medidas estatales que pudieren afectar sus vidas y sus derechos. El texto constitucional, junto al Convenio 169 de la OIT y a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, conforman el marco normativo fundamental que reconoce este derecho y establece los estándares mínimos. Sin embargo, no existen leyes ni procedimientos administrativos establecidos que dispongan cómo deben llevarse a cabo los procesos de consulta, lo cual provoca constantes violaciones a todas las acepciones y conjeturas que el texto legal y el derecho vigente en nuestro país imponen; y su consecuencia: incumplimiento de la ley y del derecho, persistencia de la discriminación y de la exclusión de los pueblos indígenas en la toma de decisiones.
Fue entonces que con el fin de contribuir a revertir dicha circunstancia, que se convocó la citada mesa de trabajo sobre el derecho de los Pueblos Indígenas a la consulta y participación, la cual pretende ser amplia e inclusiva, por lo que está abierta a la participación de los distintos sectores interesados y de la que ya están participando organismos públicos y organizaciones sociales.
Fuente: Defensoría del Pueblo de la Nación, Argentina