El Procurador Penitenciario recomendó al Director Nacional del SPF que en el plazo de 90 días ponga en funcionamiento las medidas que correspondan para garantizar la concreción de los días de clases con su correspondiente carga horaria para los niveles primario y secundario
Ante las dificultades que encuentran las personas privadas de su libertad para completar correctamente la carga horaria en los niveles primario y secundario, la Procuración Penitenciaria presentó la Recomendación Nº 894 con el fin de revertir esta situación. La misma está dirigida a las cárceles federales del área metropolitana.
A través de distintos relevamientos realizados en las unidades carcelarias ubicadas en el área metropolitana, se verifican diversos factores que truncaron el desarrollo adecuado del dictado de clases.
Entre otros se pueden mencionar cuestiones de seguridad tales como: los procedimientos de requisa, el tránsito cerrado; la imposibilidad de juntar en un mismo curso o día de cursada alumnos por razones de resguardo y seguridad. También se pueden marcar cuestiones de organización tales como: la logística para el acceso de los detenidos a las aulas; la superposición total o parcial entre los horarios de las actividades educativas de carácter obligatorio con otras ofertas educativas de capacitación laboral y la actividad laboral propiamente dicha. Finalmente se puede señalar cuestiones de infraestructura y recursos humanos tales como: la falta de aulas y docentes suficientes.
Lo mencionado afecta la duración de la jornada escolar reduciéndola y en otros casos la regularidad de los encuentros educativos debido a suspensiones de clases, o bien a la implementación de un régimen de cursada que hace que los alumnos tengan clases día por medio o semana por medio como práctica corriente.
La mencionada situación y acción realizada por nuestro organismo fue puesta en conocimiento del Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal y del Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Para descargar la recomendación completa vea la sección posterior.
Fuente: Procuración Penitenciaria de la Nación, Argentina