PERÚ | Tribual Constitutional apoya reclamo de la Defensoria del Pueblo sobre la falta de atención médica para encarcelados con problemas de salud mental

Tal como lo ha reclamado la Defensoría del Pueblo de Perú, el Tribunal Constitucional (TC), a través de una sentencia, respaldó la solicitud defensorial para que la población penal de todo el país con problemas de salud mental reciba atención médica oportuna y de calidad. Actualmente, el Instituto Nacional Penitenciaria (INPE) cuenta con solo 1 psiquiatra a nivel nacional.

La sentencia del TC se originó tras conocer el caso de un ciudadano M.H.F.C (Exp. Nº 04007-2015-PHC/TC) quien informó que durante 10 años se ha vulneración su derecho a la salud mental al no haber recibido una adecuada atención, razón por la cual se ha exhortado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) y el Ministerio de Salud (Minsa), a afrontar esta situación.

Según estadísticas del INPE a febrero de 2019, de 114 583 internos, 457 tenían problemas de salud mental. La falta de protocolos para la detección y tratamiento en salud mental así como de estudios epidemiológicos sobre su prevalencia, estarían generando una cifra oculta en esta población. Más aun teniendo en cuenta que, según el Minsa, en el Perú uno de cada tres peruanos o peruanas desarrollan algún problema de salud mental en su vida.

La sentencia del TC resalta la preocupante situación de las personas en establecimientos penitenciarios que a pesar de que su situación las hace propensas a adquirir un problema de salud mental o a profundizarlo, no están recibiendo una adecuada atención. Actualmente las funciones del único psicólogo clínico a nivel nacional está dirigido solo a temas de resocialización, más no a la prevención o atención en salud mental.

En el año 2018, la Defensoría del Pueblo de Perú publicó el Informe Defensorial Nº 180 “El derecho a la salud mental. Supervisión de la implementación de la política pública de atención comunitaria y el camino a la desinstitucionalización” el cual da cuenta que se mantiene el estado inconstitucional respecto a la situación de las personas con medida de internación en el país.

También, a través del Informe de Adjuntía N° 006-2018-DP/ADHPD denominado “Retos del Sistema Penitenciario Peruano: Un diagnóstico de la realidad carcelaria de las mujeres y varones”, se evidenció la falencia en el servicio de salud física y mental. De una muestra de 560 internos con problemas de salud mental, solo 460 reciben tratamiento.

También se advirtió la presencia de 23 personas privada de libertad en los penales con medidas de seguridad de internación excesivamente prolongadas que no son atendidas en su salud mental por la falta de cobertura de los servicios de salud. Si bien hay avances normativos, la Ley Nº 30947, Ley de Salud Mental y el Plan Nacional de Fortalecimiento de Servicios de Salud Mental Comunitario 2018-2021, aún persisten problemas por la falta de cumplimiento del cronograma para la implementación de servicios de salud mental necesarios como los hogares protegidos en regiones por carecer de presupuesto.

 

Fuente: Defensoría del Pueblo, Perú

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