El martes 12 de septiembre de 2023, el Defensor de la Infancia y Adolescencia de Andalucía, Jesús Maeztu, reclamó un mayor acompañamiento psicológico, especializado y específico, para los niños y niñas huérfanos por la violencia de género y sus familias; un sistema de ayudas económicas públicas para estas víctimas menores de edad cuando pierden a sus madres y mejoras en la información disponible sobre la situación en la que quedan.
“La sociedad y los poderes públicos no pudieron proteger a sus madres, pero sí deben ayudar a estos niños y niñas a superar el trauma, reparar el daño y garantizarles un futuro digno”, ha enfatizado Jesús Maeztu en la entrega al presidente del Parlamento andaluz, Jesús Aguirre, del Informe Anual de Infancia y Adolescencia 2022, que incluye como capítulo relevante un estudio sobre la infancia huérfana por la violencia de género.
Jesús Maeztu ha considerado que “estos niños y niñas necesitan una atención propia, especializada y adaptada a sus características y necesidades específicas” porque, además, “les ha tocado vivir uno de los mayores dramas a los que se puede enfrentar el ser humano: en muchas ocasiones, ser el hijo o hija del asesino de su madre”.
Desde 2003 -año en el que se incluyó a los menores en las estadísticas- y hasta la elaboración de este informe, el número de niños y niñas que se han quedado huérfanos por violencia de género se elevó a 388, 75 de ellos en Andalucía, según datos de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, el Observatorio estatal de violencia sobre la mujer, y las memorias anuales de la Fiscalía General del Estado. Otros 12 menores (6 de ellos en agosto) se han quedado huérfanos desde febrero en Andalucía, por lo que se trataría de 87 niños y niñas huérfanos por violencia de género en la comunidad autónoma en estas dos décadas.
El Defensor ha identificado varios retos a mejorar por las administraciones públicas para garantizar recursos y protección a estas víctimas, como serían entre otros una ampliación del acompañamiento superior a las 48 horas tras el entierro de la mujer; medidas para evitar la victimización de estos menores en los procesos judiciales -por ejemplo, en cuanto al otorgamiento de la guarda y custodia a las familias, o ante la futura excarcelación o permisos de su progenitor-; medidas de protección sobre sus derechos patrimoniales, y la necesidad de una acreditación de la condición de víctima para poder acceder a recursos y servicios más allá de la protección judicial.
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Fuente: El Defensor del Pueblo Andaluz, España